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Defensa Propia

El Estatuto de Florida 776.012 divide la legítima defensa en dos categorías. Primero, el uso justificable de fuerza no letal. Una persona puede usar fuerza, excepto fuerza letal, contra otra cuando razonablemente crea que es necesario para defenderse a sí misma o a otra persona del uso inminente de fuerza ilegal. Una persona que usa o amenaza con usar fuerza no letal no tiene el deber de retroceder antes de usar dicha fuerza. Segundo, el uso justificable de fuerza letal. Una persona está justificada al usar o amenazar con usar fuerza letal si cree razonablemente que usar o amenazar con usar fuerza letal es necesario para prevenir la muerte inminente o daño corporal grave a sí misma, o para prevenir la comisión inminente de un delito grave con violencia.

Defensa de la Propiedad

El Estatuto de Florida 776.031 es muy similar al estatuto de legítima defensa, pero permite la defensa de la propiedad. Una persona está justificada al usar fuerza, pero no fuerza letal, contra otra cuando cree razonablemente que usar fuerza es necesario “para prevenir o terminar la intrusión de otra persona, u otra interferencia ilícita o criminal, ya sea con bienes inmuebles que no sean una vivienda o con bienes personales…” En esencia, la ley le permite usar fuerza no letal para proteger su propiedad o la propiedad de un miembro de su hogar. Al igual que el estatuto de legítima defensa, no requiere que una persona que actúa bajo este estatuto retroceda antes de usar o amenazar con usar fuerza no letal. El mismo estatuto permite el uso de fuerza letal cuando la persona cree razonablemente que es necesario para prevenir la comisión inminente de un delito grave con violencia. Nuevamente, al usar fuerza letal bajo esta subsección no existe el deber de retroceder antes de usar dicha fuerza.  

Ley de Defensa Propia (Stand Your Ground) de Florida

Bajo las secciones 776.012, 776.013 y 776.031, esta ley tan publicitada permite que un tribunal emita un fallo previo al juicio de que las acciones de un acusado fueron justificadas. Se presenta una moción solicitando que un juez declare al acusado inmune a la persecución penal. Después de presentar la moción, se celebra una audiencia probatoria y el juez determina los hechos y decide si el acusado estaba justificado al usar fuerza. Si el tribunal determina que un acusado estaba justificado al usar fuerza, concederá la moción que solicita inmunidad a la persecución penal y el caso será desestimado. Sin embargo, si un tribunal no concede la moción que solicita inmunidad, el acusado aún puede argumentar ante un jurado que estaba justificado al usar la legítima defensa. 

La Sección 776.012 establece que el estándar legal es si alguien “cree razonablemente” que la fuerza o la amenaza de fuerza era necesaria según las circunstancias. Esto significa que el jurado debe determinar objetivamente si una persona razonable, enfrentada a la misma situación que el acusado, habría tomado la misma acción o una similar. Por supuesto, la carga recae siempre sobre la fiscalía, no sobre el acusado, de probar todos los elementos de un cargo de violencia doméstica “más allá de toda duda razonable.”

Debido a las sólidas leyes de “la ley de defensa propia (stand your ground)” de Florida, un acusado tiene derecho a argumentar la legítima defensa si existe alguna evidencia que respalde tal teoría. El juez solo puede negarse a instruir al jurado sobre la legítima defensa si es incompatible con otra teoría de defensa presentada en el juicio, por ejemplo, si el acusado testificó que no estaba en casa la noche del presunto incidente de violencia doméstica. Un acusado tampoco puede argumentar la legítima defensa si provocó la amenaza original o el acto violento, o si estaba en proceso de cometer algún otro delito.

Como puede ver, argumentar la legítima defensa es más complicado de lo que podría pensar. Si es acusado de violencia doméstica, necesita un abogado con experiencia que pueda revisar su caso y determinar si la legítima defensa u otra teoría servirá mejor a sus intereses. Llame a las oficinas de Moses & Rooth, Attorneys at Law, al (407) 377-0150 hoy mismo si necesita hablar con alguien de inmediato.

Recursos sobre la Legítima Defensa

776.012- Legítima Defensa
776.013- Legítima Defensa en el Hogar
776.031- Defensa de la Propiedad